Obligaciones y prohibiciones de patronos y trabajadores.
Obligaciones y prohibiciones de patronos y trabajadores.
Las obligaciones y prohibiciones de los patronos y trabajadores.

Como ya sabes al contratar trabajadores, el patrono como empresario debe asumir el cumplimiento de obligaciones. Por ello la importancia de conocer las obligaciones laborales principales que nacen de la relación laboral y que tiene no solo frente a sus propios trabajadores, sino frente a organismos laborales a través de los cuales se cumplen esas obligaciones.
En opinión del especialista Juan Manuel Rangel Sol, las obligaciones patronalesmínimas a considerar en cualquier empresa son:
-Establecer Contratos de Trabajo.
-Cumplir en tiempo y forma con las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador.
-Registro de todas las eventualidades que surjan durante la relación laboral.
-Contar con un procedimiento adecuado de rescisión de las relaciones laborales.
( Jesús Hernandez, -)
Organización internacional del trabajo.
Código de trabajo de El Salvador
Poder Legislativo
•DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS PATRONOS.
-SECCION PRIMERA
Art. 29.-Son obligaciones de los patronos:
1ª) Pagar al trabajador su salario en la forma cuantía, fecha y lugar establecidos en el Capítulo I, del Título Tercero de este Libro;
3ª) Proporcionar al trabajador los materiales necesarios para el trabajo; así como las herramientas y útiles adecuados para el desempeño de las labores, cuando no se haya convenido que el trabajador proporcione estos últimos;
5ª) Guardar la debida consideración a los trabajadores, absteniéndose de maltratarlos de obra o de palabra;
•DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES
Art. 31.-Son obligaciones de los trabajadores:
1ª) Desempeñar el trabajo convenido. A falta de estipulaciones, el que el patrono o sus representantes les indiquen, siempre que sea compatible con su aptitud o condición física y que tenga relación con el negocio o industria a que se dedica el patrono;
2ª) Obedecer las instrucciones que reciban del patrono o de sus representantes en lo relativo al desempeño de sus labores;
3ª) Desempeñar el trabajo con diligencia y eficiencia apropiadas y en la forma, tiempo y lugar convenidos;
Art. 32.-Se prohibe a los trabajadores:
1º) Abandonar las labores durante la jornada de trabajo sin causa justificada o licencia de patrono o jefes inmediatos;
2º) Emplear los útiles, materiales, maquinarias o herramientas suministrados por el patrono, para objeto distinto de aquél a que están normalmente destinados o en beneficio de personas distintas del patrono;
———
Beneficios de cumplir con las obligaciones Laborales
Los beneficios de construir relaciones cordiales entre trabajadores y empleadores pueden ser amplios frente a la básica inversión de ceñirse a lo establecido en la ley, sin embargo muchas veces se vuelve un problema para las pequeñas empresas implementar buenos sistemas para llevar a cabo estas condiciones laborales. Por ello puedes planear la contratación de la maquila de tu nómina, el cual es un servicio outsourcing de nómina que te ayudará a evitar multas y lograr mejores relaciones laborales en tu empresa además de fortalecer las relaciones de trabajo en beneficio del crecimiento de tu negocio.
(Jesús Hernandez, -)





Comentarios
Publicar un comentario